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Los sindicatos y la patronal admiten en una nota conjunta hecha pública ayer que asumirán las tesis del Tribunal Supremo en cuanto a la justificación de los despidos objetivos, de tal forma que en las causas económicas la rescisión estará justificada con el simple hecho de que "ayude a superar" una situación económica negativa de la empresa, en vez de "superar", tal como se establece en el artículo 52-C del Estatuto de los Trabajadores. En la misma nota admiten la indemnización de 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades en caso de despido improcedente objetivo.

"Cinco Días" 26/4/1997