1º Incumplimiento por parte de la Empresa de lo relacionado con la sustitución de trabajadores en situación de I.L.T.
2º Incremento de trabajo para todo el personal, relacionado con el aumento de número de Estaciones a limpiar, aumento de residuos a recoger, reducción de personal en las Brigadas mecanizadas, etc.; es por ello que pedimos una retribución de 90 Euros lineales para todos los trabajadores.
3º Insalubridad en el puesto de trabajo (ruidos, luz artificial, contaminación y corrientes de aire, temperaturas extremas, productos tóxicos, limpieza de fosos de vías, retirada de objetos punzantes y cortantes, etc., (jeringuillas, parásitos, ratas, heces, vómitos); es por ello que pedimos una retribución del 20% según estipula la Ley sobre el Salario base.
4º La Dirección de Clece-Metro, viene realizando de forma periódica, y durante todo el año, Contratos por necesidades de la Producción con carácter eventual y según Sentencia dictaminada por el Tribunal Supremo, este tipo de Contrato esta en FRAUDE DE LEY; este Comité exige eventuales a fijos de plantilla.
5º El Comité de Empresa denuncia la gravedad que reviste el conducir furgones con material pesado y productos químicos, altamente peligrosos para la salud, utilizándose los mismos vehículos para transportar personal y dichos materiales al mismo tiempo, es por ello que solicitamos urgentemente vehículos independientes para uno y otro cometido, asimismo manifestar que el turno de noche nos vemos desprotegido al no tener medios de transporte en caso de accidente.
6º Vestuario (ropa de trabajo): El Comité de Empresa comunicó a la Dirección el incumplimiento del acuerdo entre ambas partes.
7º Horas extraordinarias: El Comité de Empresa denuncia las horas extraordinarias encubiertas e ilegales, reflejándose en Nómina como cualquier otro concepto y superando sobradamente el Cupo Legal establecido.
Sin otro particular, dándoles las gracias anticipadamente y pidiendo disculpas por las molestias que podamos ocasionar.
COMITÉ DE EMPRESA-CLECE-METRO
Madrid, 27 de Mayo de 2002